¿Qué sentido tiene un personal shopper inmobiliario?
En la compraventa de un inmueble el agente inmobiliario suele ir alineado con los intereses de la parte vendedora, ya que es de su inmueble de dónde obtiene su comisión, y en gran número de ocasiones a mayor importe de venta mayor comisión.
El personal shopper inmobiliario, en cambio, defenderá los intereses de la parte compradora, equilibrando de esta manera la pugna entre ambas partes.
¿Me podría ofrecer este servicio un agente inmobiliario?
Sí, de echo esto ocurre frecuentemente, pero recuerda, si el agente inmobiliario te ofrece un inmueble de su cartera no sabrás si sus intereses se alinean con los tuyos.
Por otro lado, las inmobiliarias se centran en la venta de los activos, obviando muchas veces los rendimientos que espera obtener un inversor. Por ello, hacer un buen cálculo de rentabilidades al detalle es crucial para saber si estamos comprando un buen activo. Este valor añadido es uno de los puntos fuertes del PSI.
¿Cúal es vuestro público objetivo?
Nos enfocamos básicamente a dos segmentos:
Pequeño inversor
El pequeño inversor que busca adquirir uno o varios inmuebles con presupuestos desde los 70.000 hasta los 500.000€. Orientamos al inversor sobre qué tipología de inmueble le encaja, en función de la rentabilidad esperada, de su edad, de su patrimonio, de su situación familiar y de sus ingresos.
Inversor extranjero
Sabemos lo que es sufrir el deambular por un país, unas leyes y un idioma que no son los tuyos. Por ello ayudamos (incluso representamos si se precisa) al inversor en todo el proceso de compra y le explicamos cómo funciona la legislación y la fiscalidad al respecto en España.
El inversor extranjero a veces busca un inmueble como inversión y otras como segunda residencia. Estos activos son muy distintos, por ello atendemos la petición del cliente con atención para encontrar el producto que se ajusta a sus necesidades y expectativas.
¿Qué rentabilidades obtenéis por alquiler?
Rentabilidades megabrutas (sin tener en cuenta impuestos) del orden del 6 al 9 % son habituales para inmuebles en alquiler, dependiendo de la zona y de las características del inmuebles (normalmente en zonas B y C). Si usas apalancamiento (hipoteca o préstamo) esta rentabilidad aumentará bastante, estudiaremos todos los escenarios y te plantearemos las distintas opciones.
Te presentaremos una cartera de inmuebles con distintas rentabilidades en función de las características de cada uno, si te encajan varios nos ocupamos de hacer una revisión final del inmueble e intentar negociar el precio, aunque incluso con el precio de mercado ya te debería encajar la rentabilidad, todo lo que consigamos de más mejor para tí. Si no te gusta ninguna de las opciones presentadas seguiremos rastreando el mercado en busca de nuevas oportunidades. En ocasiones nos entran inmuebles que no han salido al mercado, gracias a nuestra red de contactos, en muchas de estas ocasiones las rentabilidades superan las expectativas de rentabilidad.
¿Cuál es vuestra comisión?
Comisiones en inversión para alquiler
Partiendo de una facturación mínima de 2.800€ para residente fiscal español y de 3.800€ para no residentes (precios sin IVA), añadimos un 15% de comisión sobre el precio de rebaja del PVP del inmueble (lo que nos motiva a negociar intensamente con el vendedor) siempre y cuando el importe de la comisión más la facturación mínima no empeore más de un 0.3% la rentabilidad megabruta del inmueble en alquiler.
Para la búsqueda de inquilino para alquiler tradicional hay que sumarle el coste de una mensualidad.
Comisiones en inversión como 1a o 2a residencia
Partiendo de una facturación mínima de 2.800€ para residente fiscal español y de 3.800€ para no residentes (precios sin IVA), añadimos un 15% de comisión sobre el precio de rebaja del PVP del inmueble. A estos importes hay que añadirle el IVA.
¿Tiene un personal shopper cartera de propiedades?
La respuesta corta es NO. En lineas generales salimos al mercado a buscar, pero sí que tenemos acceso a propiedades que aún no han sido publicadas gracias a nuestra red de contactos API de la zona.
Remarcar que no cobramos ninguna comisión adicional por la venta de ningún tipo de inmueble, sólo nuestra comisión cómo PSI. Queremos que nuestros intereses siempre esten alineados con los tuyos.
¿Vuestra comisión empeora mi rentabilidad?
El límite que nos marcamos en el caso de alquiler es que no supere el 0.3% (en el caso de la comisión adicional por mejora de precio de compra).
Al contrario, nuestro mejor precio de compra debería mejorar tu rentabilidad inicial. En cualquier caso estamos dando un servicio completo con asesoramiento legal, financiero y fiscal, por lo que estamos aportando valor y mayor seguridad a tu compra.
¿Qué ocurre si no compro?
El proceso de búsqueda es gratuito, nuestra relación comercial se formaliza en el momento de la firma del contrato de arras.
Si después del contrato de arras cancelas la compraventa perderás las mismas y nuestra comisión, pero no antes.
En el caso de que antes de las arras se precise una señal de reserva (suele ser por importes relativamente bajos) perderías esta señal, pero no cobraríamos comisión alguna.
¿Puedo financiar con mi banco?
¡Por supuesto! Estamos aquí para ayudarte, no para imponerte ningún servicio. Si tu financiación es buena o te sientes más cómodo con tu banco por el motivo que sea no tenemos problema, calcularemos la rentabilidad de la operación con las condiciones de tu entidad bancaria.
Eso sí, nos ocuparemos de mirar alternativas para que puedas escoger con conocimiento del mercado. Tú tienes la decisión final.
¿Y si en un futuro quiero vender el inmueble?
Nuestra filosofía es la de adquirir inmuebles con alta liquidez en el mercado, por ello seleccionamos específicamente su ubicación así como las características del mismo.
Por ponerte un par de ejemplos, nunca te ofreceríamos un quinto sin ascensor o un inmueble en una población remota.
Sabemos que la vida da muchas vueltas y por ello, aún a pesar de renunciar a alguna décima de rentabilidad queremos bienes con salida relativamente rápida en el mercado llegado el caso.
Vivo en el extranjero y no me puedo desplazar ¿puedo comprar igualmente?
Sí, deberás acudir a la Embajada (o Consulado) Española y pedir cita para firmar un poder para la compra de la finca específica. Por nuestra parte firmaremos ante notario como mandatario verbal, de tal manera que se ratifica la compra cuendo lleguen los poderes de la Embajada.